Betsy DeVos. Secretaria de Educación
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Las políticas de corte feminista radical del ex-Presidente Barack Obama dieron lugar a que en las universidades de EE.UU. los estudiantes masculinos quedaron sometidos a una cierta persecución e indefensión en todo lo relativo a los supuestos abusos sexuales en los que se vean acusados. Sus derechos procesales (de defensa) se ven seriamente vulnerados, en pro de un injusto favoritismo de las jóvenes que usan y abusan de los privilegios que les han sido concedidos … a cambio de la petición poco disimulada de que voten a la izquierda, claro. Tras más de año y medio en el poder, la Administración Trump está comenzando a corregir dichos excesos feministas, estableciendo un trato equitativo a ambas partes, frente a la patente de corso que la anterior Administración concedió a las universitarias. A este justo propósito, las radicales lo tildan de misógino … ¡ni caso!
Ante los evidentes casos de agresiones sexuales a jóvenes universitarias que se venían produciendo, el feminismo radical ha propugnado la injusta política de darle la vuelta a la tortilla. Reemplazar la discriminación en un sentido, por la de sentido contrario.
En EE.UU. la gran mayoría de los estudiantes universitarios viven en residencias en el interior de los campus, haciéndose las universidades responsables de ofrecer un satisfactorio nivel de seguridad en sus instalaciones.
En junio de 1972 el presidente republicano Richard Nixon firmó un paquete de enmiendas a la Ley de Educación Superior de 1965, que le había remitido el Congreso. Sus disposiciones más notables son las que se recogían en el Título IX, en las que se prohibía que hubiese discriminación por razón del sexo en todos los programas educativos de universidades que recibiesen financiación federal.
Fue bajo Barack Obama, en 2011 y 2014, cuando más gravemente se retorció el válido contenido del Título IX durante sus primeras décadas de aplicación, abriendo paso a una cacería contra los estudiantes masculinos acusados.
Las universidades tuvieron que nombrar administradores responsables de intervenir en los casos de agresiones sexuales denunciadas. Además, se constituyeron unos comités disciplinarios que debían decidir sobre las denuncias y se redactaron protocolos de actuación.
El resultado de estos procedimientos podía llegar hasta la suspensión o expulsión del centro. Estas especies de sentencias podían ser aducidas en casos posteriores, además de comportar la descalificación ética del condenado ante la comunidad universitaria, la prohibición a ingresar posteriormente en varias agencias federales y, finalmente, podía dar pie a ser acusado penalmente ante los tribunales.
Bajo la Administración Obama, el Departamento de Educación envió una carta a todos los centros universitarios el 4 de abril de 2011, en la que se les recomendaba encarecidamente no permitir un careo entre acusadora y acusado, lo que es esencial en casos de conflictos sin testigos, lo que casi siempre perjudicaría al acusado.
Lo que es mucho más grave, de los tres criterios judiciales existentes en EE.UU. para determinar la certeza de una acusación, el Departamento fijaba en su carta que se emplease el menos exigente, lo que facilitaría condenar a más acusados.
El Título IX pretendía originalmente crear unas condiciones igualitarias entre las personas de diferente sexo en las universidades, pero degeneró en lo que acabábamos de exponer: excesos feministas y discriminación contra los hombres.
Para los universitarios masculinos en 2011 se anuló su derecho al debido proceso legal (due process). Pasaron a estar sometidos a una presunción de culpabilidad.
Como la Administración federal no puede imponer sus políticas a las universidades, Obama amenazó a éstas con la pérdida de abultados fondos federales que vienen recibiendo, en caso de no cumplir sus recomendaciones.
Además, aquel Departamento prolongaba durante uno o más años interminables investigaciones por cualquier incidente sexual, dañando seriamente la reputación de los centros que se resistieran.
En consecuencia, todas las universidades públicas y privadas del país se vieron obligadas a seguir en poco tiempo las “recomendaciones” federales sobre el Título IX.
La Secretaria de Educación nombrada por Trump, Betsy DeVos, anunció el 7 de septiembre de 2017 su intención de deconstruir los excesos introducidos en 2011 por la Administración Obama, instalando un sistema justo para ambas partes.
Para ello, la Sra. DeVos abrió un periodo de amplia consulta pública (de un año de duración), que la Administración Obama se había saltado con una triquiñuela legal.
Como la Administración Obama había instituido de forma unilateral sus Directrices de 2011 y 2014, la Sra. DeVos pudo anularlas formalmente también de manera unilateral, en septiembre de 2017.
En su lugar, anunció unas escuetas recomendaciones provisionales, hasta que concluyera el proceso apropiado de reforma de las directrices del Título IX.
Las evidencias deberán ser buscadas por investigadores convenientemente entrenados y todas las diligencias serán informadas con tiempo suficiente a las partes para que puedan preparar su defensa.
Ha quedado anulada la amenaza a las universidades de perder los fondos federales por incumplir las directrices de Obama, o las actuales provisionales.
Por primera vez, se fijará una delimitación de obligado cumplimiento de qué es acoso sexual a efectos del Título IX, común para todas las universidades. Seguramente se restringirá su alcance respecto a las recomendaciones de Obama de 2011 -que constituían una extralimitación-, en base a lo ya definido por el Tribunal Supremo.
La redacción definitiva de las directrices por parte del Departamento de la Sra. DeVos, tras un año de consulta pública, se espera para octubre o noviembre. Todos saldrán ganando, salvo el feminismo radical y las universitarias que quisieran abusar de su anterior privilegio.
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Las políticas de corte feminista radical del ex-Presidente Barack Obama dieron lugar a que en las universidades de EE.UU. los estudiantes masculinos quedaron sometidos a una cierta persecución e indefensión en todo lo relativo a los supuestos abusos sexuales en los que se vean acusados. Sus derechos procesales (de defensa) se ven seriamente vulnerados, en pro de un injusto favoritismo de las jóvenes que usan y abusan de los privilegios que les han sido concedidos … a cambio de la petición poco disimulada de que voten a la izquierda, claro. Tras más de año y medio en el poder, la Administración Trump está comenzando a corregir dichos excesos feministas, estableciendo un trato equitativo a ambas partes, frente a la patente de corso que la anterior Administración concedió a las universitarias. A este justo propósito, las radicales lo tildan de misógino … ¡ni caso!
Ante los evidentes casos de agresiones sexuales a jóvenes universitarias que se venían produciendo, el feminismo radical ha propugnado la injusta política de darle la vuelta a la tortilla. A esto, hipócritamente, lo llaman expandir los derechos civiles en la sociedad, cuando en realidad constituye la sustitución de una discriminación contra las mujeres por una de signo contrario.
En EE.UU. la gran mayoría de los estudiantes universitarios (en algunos casos, el 100% de ellos) viven en residencias en el interior de los campus, haciéndose las universidades responsables de ofrecer un satisfactorio nivel de seguridad en sus instalaciones. Por ello, miles de universidades cuentan con fuerzas policiales propias (campus police), con más o menos atribuciones y efectivos.
En España, el tratamiento de las acusaciones de agresión sexual entre universitarios tiene lugar por otras vías -ajenas a las universitarias-, pero sería muy raro que este tipo de atropellos feministas no lleguen a implantarse de uno u otro modo, si es que no lo han hecho ya.
Lo que la Administración Trump está haciendo ahora puede servir como orientación para tratar de evitar que España siga el mismo camino de Barack Obama o para deshacer los abusos que ya se hayan cometido, por parte de la izquierda o de la derecha seducida por aquella, como era el bochornoso caso -por ejemplo- de la ex-Presidente popular de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes.
El Título IX de la Ley de Educación Universitaria
En junio de 1972 el presidente republicano Richard Nixon firmó un paquete de enmiendas a la Ley de Educación Superior de 1965, que le había remitido el Congreso. Sus disposiciones más notables son las que se recogían en el Título IX, en las que se prohibía que hubiese discriminación por razón del sexo en todos los programas educativos de universidades que recibiesen financiación federal, para cualquier fin.
Ya se dijo en anteriores artículos que la normativa educativa -también la de nivel superior- siempre ha correspondido en aquel país a las autoridades de los estados y de los condados y municipios. La coletilla de la financiación federal es lo que daba pie a que interviniera el Estado nacional y su Departamento de Educación.
Esta nueva legislación (promovida por un senador demócrata) pasó a ser un proyecto plenamente bipartidista y prosperó al rebufo de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (en contra de la discriminación de las personas de raza negra), constituyendo la primera extensión de calado de las políticas de no discriminación a otro colectivo: el de las mujeres.
La no discriminación por sexo en las universidades, establecida por el Título IX, abarcaba explícitamente en sus inicios las oportunidades de empleo en las facultades y las actividades deportivas de los estudiantes (en las que las mujeres apenas participaban). Durante los años 90, el Tribunal Supremo amplió su cobertura a los casos de abusos sexuales, a los que se consideró una forma de discriminación por el sexo.
En 1994, bajo el demócrata Bill Clinton, quedó aprobada la Ley sobre la Violencia contra las Mujeres (Violence Against Women Act – VAWA), con cierto apoyo bipartidista, pero enseguida el Partido Republicano se retractó e intentó bloquearla en años posteriores. El primer borrador de esta ley incluía ya numerosos atropellos contra los jóvenes acusados, tales como el encarcelamiento preventivo, el pago automático de restituciones a las víctimas, una excesiva elevación de las penas, etc.
En años posteriores la izquierda introdujo en la ley el concepto de identidad de género y otras lindezas semejantes, que la Iglesia Católica estadounidense y numerosos congresistas republicanos rechazaron.
Pero fue bajo Barack Obama (años 2009 a 2016) cuando más gravemente se retorció el válido contenido del Título IX durante sus primeras décadas de aplicación, abriendo paso a una cacería contra los estudiantes masculinos acusados. A estos excesos feministas los partidarios de Obama lo llamaron una expansión de los derechos civiles; hay que reconocerles su habilidad para tergiversar las cosas.
En los pasados años, las universidades tuvieron que nombrar administradores responsables de intervenir en los casos de agresiones sexuales denunciadas. Además, se constituyeron unos comités disciplinarios (integrados por personas de escasa formación jurídica y judicial, que actúan en los papeles de policías judiciales, jurados y jueces) que debían decidir sobre las denuncias y se redactaron protocolos de actuación en cada universidad.
El resultado de estos procedimientos a menudo no era susceptible de recurso posterior (en esta vía administrativa) y sus decisiones podían llegar hasta la suspensión o expulsión del centro. Estas especies de sentencias podían ser aducidas en casos posteriores, además de comportar la descalificación ética del condenado ante la comunidad universitaria, la prohibición a ingresar posteriormente en varias agencias federales y, finalmente, podía dar pie a ser acusado penalmente ante los tribunales.
Excesos feministas al dilucidar las acusaciones de agresiones sexuales
Bajo la Administración Obama, el Departamento de Educación interpretó el Título IX como la obligación de las universidades de investigar todos los comportamientos sexuales inadecuados de los universitarios, tanto dentro como fuera de los campus.
Además, en la carta enviada a todos los centros universitarios por la Jefe de la Oficina de Derechos Civiles (OCR, siglas del inglés) del Departamento de Educación el 4 de abril de 2011, se les recomendaba encarecidamente no permitir un careo entre acusadora y acusado, lo que es esencial en casos de conflictos sin testigos, lo que casi siempre perjudicaría al acusado. (En el enlace de arriba, se accede libremente a una crítica sistemática de las directrices del Departamento de Educación de 2011)
Lo que es mucho más grave, de los tres criterios judiciales existentes en EE.UU. para determinar la certeza de una acusación, la OCR fijaba en su carta que se emplease el menos exigente, que en inglés se conoce como «preponderance of the evidence» standard. Este criterio únicamente exige que los juzgadores simplemente tengan una certeza de, por lo menos, el 50,1%.
Dicho de otro modo, la Administración Obama recomendaba que se emplease el estándar más favorable a las acusadoras, que es el que en más casos impondría sanciones al acusado, al dar por suficiente una reducida certeza para aceptar una acusación.
Esta recomendación ignoraba el criterio más exigente que el Tribunal Supremo había establecido en 1999 en el caso Davis v Monroe County Bd. of Educ., acerca de un aspecto de lo que aquí estamos tratando.
En conclusión, puede decirse que las instrucciones del Departamento de Educación, bajo Obama, pusieron fin a la presunción de inocencia de los estudiantes masculinos acusados.
El Título IX pretendía originalmente crear unas condiciones igualitarias entre las personas de diferente sexo en las universidades, pero degeneró en lo que acabábamos de exponer: excesos feministas y discriminación contra los hombres.
Para los universitarios masculinos en 2011 se anuló su derecho al debido proceso legal (due process) según el cual cualquier acusado debe recibir un proceso justo y equitativo, en base a normas bien definidas, por unos juzgadores imparciales.
Hemos hablado repetidamente de las recomendaciones del Departamento de Educación federal, ya que éste carece de autoridad para imponer sus criterios a las universidades (públicas y privadas). Pero la Administración Obama, como en otros varios campos (inmigración, cambio climático, energía …), diseñó una treta para convertir en realmente obligatorias sus propuestas políticas.
Amenazó a las universidades con retirarles la financiación federal, y lo cierto es que actualmente todas ellas (públicas y privadas) cuentan con dichos fondos. Por ejemplo, para el curso 2009-2010 la Universidad de Yale recibió más de 510 millones de dólares federales, para investigación.
Además, aquel Departamento empezó a publicitar la lista de los centros que no seguían su doctrina y prolongaban durante uno o más años interminables investigaciones por cualquier incidente sexual, dañando seriamente la reputación de los centros que se resistieran.
En consecuencia, todas las universidades públicas y privadas del país se vieron obligadas a seguir en poco tiempo las “recomendaciones” federales sobre el Título IX. Todas tuvieron que pasar por el aro, de los excesos feministas.
Existen abundantes zonas grises, mal definidas, en las normas de las universidades sobre las agresiones sexuales.
Un ejemplo de muy frecuente ocurrencia (seguramente en las 2/3 partes de los casos), es la diferencia entre relaciones sexuales mantenidas libremente tras el consumo de alcohol por ambas personas y la existencia o no de abuso sexual. Las más de las veces, si una joven denuncia a su pareja tras darse tales circunstancias, él será condenado, aunque ambos hicieron lo mismo.
Como es natural, numerosos de los estudiantes condenados por estos peculiares comités disciplinarios, a pesar de los elevadísimos honorarios de los abogados han recurrido a los tribunales de justicia, en número de 300 desde 2011 hasta la actualidad. Los casos ya están llegando a las instancias de apelación.
El pasado día 13 de septiembre el Sexto Tribunal de Apelación (con sede en Cincinnati) dispuso que el acusado tiene derecho a careo (cross-examination) frente a su acusadora y a los testigos de cargo. Esta sentencia va en la línea de la reforma que está promoviendo la Secretaria de Educación, DeVos, al tiempo que supone un cuestionamiento -parcial- de las directrices de Obama.
El Tribunal Supremo tiene pendiente de resolver en este año judicial que acaba de arrancar un caso semejante al anterior.
Por último, la Fundación por los Derechos Individuales en la Educación (Foundation for Individual Rights in Education – FIRE) viene interviniendo -entre otros asuntos- en la normativa y protocolos relativos a agresiones sexuales en las universidades, bajo la rúbrica de Due Process on Campus, por cuanto puede encontrarse en su web abundante información sobre este tema.
Cuando persiguieron al hijo de una feminista, Judith Grossman
En abril de 2013 el hijo universitario de una conocida feminista radical, Judith Grossman, sufrió la persecución por parte del sistema universitario orwelliano que el movimiento feminista radical y Barack Obama habían instituido hacía un par de años. Como ella afirmó, “lo que vino después fue una pesadilla”, para hijo y madre. La Sra. Grossman cayó del caballo -como San Pablo camino de Damasco- y comprendió la monstruosidad creada según la cual para los universitarios existe ahora la presunción de culpabilidad, siempre que sea acusado por una compañera. Más vale tarde que nunca, respecto a la Sra. Grossman, pero ella había contribuido a dichos excesos feministas en otras esferas.
La Sra. Grossman publicó sus reflexiones en el diario nacional de la derecha, el Wall Street Journal, pero a este medio solo puede accederse mediante suscripción. Muchos de sus párrafos pueden leerse libremente en la siguiente web, en un artículo crítico con esta señora.
Del contenido de su pronunciamiento, únicamente reproduciré unos pocos extractos.
“Hasta hace un mes, habría expresado un apoyo sin fisuras al Título IX y a la Ley sobre la Violencia contra las Mujeres (VAWA)”.
“No hubo ninguna investigación preliminar por parte de nadie de la universidad sobre dichas acusaciones [contra mi hijo] … Lo peor de todo, a mi hijo no se le reconoció la presunción de inocencia”.
Respecto al modo en que se efectuó su interrogatorio por el respectivo comité universitario, “se le prohibió expresamente la presencia de un abogado, incluso en el exterior de la sala” donde se produjo aquel.
“La carta [que recibió mi hijo, fue el único documento que se le entregó] carecía incluso de la más básica información acerca de los actos que supuestamente ocurrieron años antes”.
“Mientras a mi hijo se le indicó que no discutiera el asunto con ningún posible testigo, los testigos en su contra no le fueron identificados”, únicamente se le informó de sus testimonios inculpatorios.
Todo esto no es una novedad en el ámbito internacional, ya que ha correspondido a los procedimientos habituales de los tribunales soviéticos y castristas.
La Sra. Grossman concluía que “La ortodoxia feminista desenfrenada no puede ser la respuesta … a cómo hacer el proceso justo para todas las partes” implicadas.
Las acciones correctoras de la Administración Trump
La Secretaria de Educación nombrada por Trump, Betsy DeVos, quien lleva en el cargo desde comienzos de febrero de 2017, anunció el 7 de septiembre de 2017 su intención de -usando el acertado término del WSJ- deconstruir los excesos introducidos en 2011 por la Administración Obama, instalando un sistema justo para ambas partes.
La Sra. DeVos abrió un periodo de amplia consulta pública (public notice and comment) entre los administradores de las universidades, los alumnos y sus organizaciones, los padres de los alumnos, los especialistas y estudiosos de estas cuestiones y todos cuantos tengan algún interés en esta reforma.
La Administración Obama, como era su costumbre, eludió emprender este debate abierto -que es imperativo conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo federal (Administrative Procedure Act)- y empleando un subterfugio legal, se limitó a enviar una carta amenazante a todas las universidades, acompañada de unas directrices no consultadas con nadie. Esos eran los reflejos autoritarios y de soberbia de Barack Obama y de su Administración.
Para una explicación más rigurosa y técnica de la artimaña administrativa empleada por la Administración Obama, descrita por el catedrático de la Escuela de Derecho de Harvard Jacob E. Gersen, pinche aquí (acceso solo por suscripción).
Gracias a haber seguido ahora el procedimiento establecido de consulta pública (que durará cerca de un año), cuando ésta finalice y el Departamento redacte la reforma de las directrices del Título IX adquirirán la fuerza de ley aun sin pasar por el Congreso. No podrán ser fácilmente derogadas por una nueva Administración, sin el concurso del Capitolio.
La izquierda debería aprender de la Administración Trump a respetar las normas que determinan cómo deben ser elaboradas las leyes, para no provocar un continuo atropello a los afectados … que no sean de su cuerda.
Como la Administración Obama había instituido de forma unilateral sus Directrices (Guidelines) de 2011 y 2014, la Sra. DeVos pudo anularlas formalmente también de manera unilateral. ¡Así se hace!, no como otros que dejaron intacta la Ley de Memoria Histórica y tantas otras.
En su lugar, anunció unas escuetas recomendaciones provisionales, hasta que concluya el proceso de reforma del Título IX.
Los comités disciplinarios de las universidades podrán elegir entre emplear en adelante el criterio de certeza más bajo -como hasta ahora- o el intermedio (llamado en inglés “clear and convincing evidence” standard).
Además, las evidencias deberán ser buscadas por investigadores convenientemente entrenados y todas las diligencias (a diferencia de lo que solía hacerse) serán informadas con tiempo suficiente a las partes para que puedan preparar su defensa.
Ha quedado anulada la amenaza a las universidades de perder los fondos federales por incumplir las directrices de Obama, o las actuales provisionales.
Por primera vez, se fijará una delimitación de obligado cumplimiento de qué es acoso sexual (sexual harassment) a efectos del Título IX, común para todas las universidades. Seguramente se restringirá su alcance respecto a las recomendaciones de Obama de 2011, en base a lo ya definido por el Tribunal Supremo.
Por otro lado, la obligación de las universidades de investigar los casos denunciados de acosos sexuales, se limitará a los acontecidos en sus instalaciones y terrenos.
Incluso una de las editorialistas del diario de centro-izquierda The Washington Post, Ruth Marcus, titulaba del siguiente modo su artículo, al día siguiente del anuncio: “Betsy DeVos podría cambiar la política sobre agresiones sexuales para mejor”. Respecto al actual sistema de investigar y decidir las denuncias, opinaba que “es seriamente defectuoso”. Y calificaba de “sobrerreacción” la política de Obama con respecto al Título IX.
Entre las cuestiones que merecen ser mejoradas, la Sra. Marcus citaba las siguientes: “el derecho [del acusado] a ser plenamente informado de las alegaciones [presentadas en su contra]; la posibilidad de interrogar a los testigos y a presentar una defensa, y que el proceso sea supervisado por un administrador independiente y imparcial, que se base preferiblemente en un criterio más exigente” de valoración de las pruebas, que el simple mínimo.
El 4 de octubre de 2018, la Sra. DeVos ha dado a entender que en pocas semanas hará público el texto reformado de las directrices que regulará toda esta cuestión.
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