Giro político conservador. Magistrados conservadores: Samuel Alito (arriba, a la izquierda), Clarence Thomas, Bret Kavanaugh, Sra. Amy Barrett, Neil Gorsuch y John Roberts (presidente; abajo, a la derecha). Fuente: The Harvard Gazette.
Sobre este pasado 24 de junio de 2022, puede decirse -con propiedad- que ha sido un día histórico para EE.UU. y para el conjunto de los países occidentales. Es el día en el que el Tribunal Supremo de EE.UU. derogó su sentencia de 1973 (Roe vs Wade) y, con ella, se puso fin al denominado derecho al aborto, a nivel nacional, tras casi 50 años de existencia. A la presente sentencia se la conoce como Dobbs vs Jackson Women’s Health Organization.
Con mucha menos notoriedad mediática, sobre todo en el exterior de EE.UU., han pasado otras sentencias del Supremo, durante la última semana de junio (antes de sus vacaciones de verano), también de relevancia, relativas a otros campos.
Estas decisiones confirman que la Justicia en EE.UU. ha emprendido un viraje duradero y decidido en una dirección conservadora y de democratización de la vida política en ese país, “poniendo las cosas en su sitio”, frente a la sectaria e irresponsable instrumentalización del poder que viene practicando la izquierda, que en la actualidad se ha echado al monte del extremismo progre.
Dos sentencias del Supremo han supuesto un firme respaldo a la libertad religiosa, derecho recogido en la Primera Enmienda, que viene siendo atacada sistemáticamente por el Partido Demócrata, por ejemplo, en los estados por ellos gobernados, también por el -absurdamente venerado- expresidente Barack Obama y, en la actualidad, por el católico progresista sui generis (“católico sólo de boquilla” – CSDB), que es Joe Biden.
[Nota: En los textos citados, las negritas y las notas explicativas entre corchetes, así como sus posibles errores, son mios]
Defensa de la libertad religiosa, frente a los gobernantes demócratas
En el primer caso, como nos explica el diario conservador The New York Post: “El Tribunal Supremo ha derogado el martes [28 de junio] una ley [del estado] de Maine que impedía que los [alumnos de los] colegios religiosos recibieran una ayuda escolar destinada a los colegios privados [en el Estado]”. “ [El Supremo ha argumentado] que se estaba ¨penalizando el libre ejercicio¨ de la religión en Maine”.
Esto es, el Supremo ha dejado claro para mucho tiempo que las ayudas públicas a los colegios religiosos son constitucionales y no se les puede negar a menos que no se den tampoco a los colegios privados laicos. Desde hace más de una década este tipo de cuestión no había sido resuelta por el Alto Tribunal, divagando inútilmente en sus sentencias.
La aprobación en el Supremo fue amplia: los 6 magistrados conservadores, frente a los 3 progresistas. El asunto de esta sentencia se conoce como Carson vs Makin.
Como expliqué en un artículo de 2017, hay 38 estados (con gobernadores demócratas o cuyas cámaras han estado dominadas por estos políticos en algún periodo) que han prohibido dar ayudas estatales de todo tipo a las organizaciones religiosas, en general, incluidos los centros educativos religiosos, amparándose en su concepción laicista y atea de lo que debe ser la separación de las Iglesias y el Estado.
Tras la presente sentencia, la mayoría de aquellos 38 estados deberán suprimir sus prohibiciones de ayuda a los colegios religiosos.
Siguiendo al N.Y. Post: “Los [3] magistrados progresistas [del Supremo] disintieron [de esta sentencia], aduciendo que la derogación de la ley de Maine supone una violación del principio de separación de la Iglesia y el Estado”.
La Primera Enmienda protege, entre otros derechos, la práctica religiosa en público que elija cada ciudadano
El segundo caso concerniente a la libertad religiosa es el siguiente, conforme al diario conservador The Washington Times:
“El Tribunal Supremo ha resuelto este lunes [día 27 de junio] en favor de un entrenador de football [americano, o rugby] de un instituto [high school] público quien hace unos años fue despedido por haber rezado en un lado del terreno de juego, al acabar los partidos … El Supremo aduce que la mayoría de los magistrados [6 a 3] consideran que una institución pública [“government”] no debe castigar a alguien por lo que consideran que es una expresión religiosa, personal”. Según se considera probado, dicho entrenador no forzaba a ninguno de los alumnos a acompañarle en sus oraciones, al finalizar el partido.
Los progresistas, que en el mundo de hoy nos intentan forzar a hacer multitud de cosas en contra de nuestras convicciones o preferencias, han tenido el cinismo de acusar al entrenador estadounidense de perjudicar a los estudiantes que no rezaran con él, lo que no ha quedado en absoluto probado.
Esta nueva sentencia se conoce como Kennedy vs Bremerton School District.
Ahora está claro cómo se va a pronunciar este Tribunal Supremo cuando le vayan llegando otros litigios análogos al del entrenador en cuestión, que se están abordando en tribunales de inferior rango: volviendo a apoyar el rezo privado de personas en lugares públicos, de donde la izquierda intenta erradicarlo.
Las agencias federales (o sea, la Administración nacional) no pueden imponer obligaciones climáticas de gran impacto sin que el Congreso apruebe leyes específicas
La sentencia del caso West Virginia vs Environmental Protection Agency (EPA), adoptada el 30 de junio de 2022, una vez más no entra en el fondo del asunto, que son las amplísimas reglamentaciones que la agencia EPA adoptó en 2015 con el propósito de recortar drásticamente las emisiones del gas CO2 de las empresas eléctricas, para descarbonizar la generación de electricidad. Normas que se llamaban el Clean Power Plan, promovidas por Barack Obama.
Lo que el Supremo ha dictado es que se respete el trascendental principio relativo a la división de poderes establecido en la Constitución: a saber, que únicamente el Congreso nacional (o el de cada Estado) puede establecer nuevas obligaciones -sobre el CO2 o sobre otro asunto-, cuando estas impliquen unas graves y amplísimas consecuencias sobre la economía nacional o estatal. En este caso, esas repercusiones suponen el cierre de muchas centrales de carbón e, incluso, de gas natural y el encarecimiento de la electricidad en casi todo el país, por las enormes inversiones que implica la implementación práctica de aquellas normas.
Cuando algún presidente demócrata ha apreciado que no iba a lograr que se aprobaran por el Congreso sus cambios de política -como Barack Obama, en 2015-, han recurrido a la suplantación de competencias, esto es a que una agencia federal emita unas simples “instrucciones”, evitando el voto del Congreso, aunque fuera un asunto de gran alcance y de elevadísimas repercusiones económicas.
El Administrative state y la adulteración progresista de la división de poderes
Por tanto, el Supremo no se ha pronunciado en favor o en contra de que se adopten dichas políticas climáticas, sino que prohíbe que se haga sin la necesaria votación en las dos cámaras del Congreso.
En EE.UU. esta cuestión se conoce como la del “administrative state”, lo que podemos traducir como una cierta burocratización de la vida económica y social del país, al margen de las decisiones del parlamento. El Partido Demócrata es un verdadero adicto a esta forma de vaciar de contenido las instituciones representativas, dañando el funcionamiento del sistema democrático.
Como recordarán, esto mismo es lo que ha hecho este Tribunal Supremo con respecto al aborto: reafirmar que la creación a nivel nacional de un nuevo derecho al aborto únicamente debe hacerlo el Congreso nacional, no la Corte Suprema, como se hizo en 1973.
Como proclaman los editorialistas del Wall Street Journal (WSJ), “[en contra de las actuales acusaciones de la izquierda] éste no es un Tribunal Supremo partidista que se haya propuesto reafirmar las políticas que sean de su preferencia [en cada campo]”.
“[Por el contrario,] la jurisprudencia de este Tribunal se está centrando sobre todo en quien [, qué institución,] debe adoptar las [diferentes] decisiones políticas, de acuerdo con la Constitución, no sobre cuales deban ser dichas políticas”, lo que deja que sea decidido por el Congreso nacional, por los congresos de cada Estado, por el Presidente (que en EE.UU. dispone de amplísimas atribuciones), por los gobernadores estatales, por las corporaciones locales o por las agencias federales, según de qué asunto se trate.
Los editorialistas del WSJ expresan de la siguiente elocuente manera qué papel está adoptando el actual Tribunal Supremo: “Está revitalizando su función como un ¨policía de tráfico¨ entre las [diversas] ramas [del Estado nacional y de las administraciones territoriales]”.
Este Tribunal Supremo se ha propuesto restablecer el buen funcionamiento del estado de derecho, deshaciendo las manipulaciones institucionales de la izquierda
Cualquier sistema verdaderamente democrático se basa en un determinado reparto responsable de los poderes del Estado, de forma que se produzca un equilibrio entre ellos, de manera que ninguno pueda ejercer un poder excesivo, en detrimento de las otras ramas. Sin este equilibrio, se impone algún modo de arbitrismo político y de abuso del poder con respecto a los ciudadanos y a sus representantes elegidos.
Lo que el progresismo ha hecho en EE.UU. durante varias décadas, retorciendo las funciones de cada rama del poder, ora a favor del Presidente, ora saltándose la labor legislativa del Congreso, etc., en función de su control o no sobre cada una de aquellas ramas, es vulnerar las normas establecidas para sacar adelante sus políticas “por cualquier medio”, a costa de «lo que sea«.
El editorial del WSJ prosigue de este modo: “Durante décadas los demócratas han contado con una mayoría de magistrados [del Supremo] para adoptar o para bendecir [con sus sentencias] los contenidos políticos que propugnaban [en cada momento]: sobre el aborto, [las condiciones en las que ejercer] el derecho de voto, la sanidad, las preferencias raciales, la política climática o las reglamentaciones sobre la economía”.
Ahora, cuando -por fin- la mayoría en el Tribunal Supremo no les es favorable, le acusan de ser “ilegítimo”, como forma de presionar a los magistrados para que no actúen de acuerdo con su filosofía judicial, sino que se plieguen al ideario progresista que es el único que consideran “legítimo”.
Los editorialistas del WSJ concluyen que “éste es un Tribunal [Supremo] para [asegurar el cumplimiento de] la Constitución”: “A Court for the Constitution”.
El actual Tribunal Supremo ha apoyado en algunos casos lo planteado por la Administración Biden
La prueba clara de que la actual mayoría conservadora de esta Corte no está actuando de un modo partidista (a diferencia de las anteriores mayorías progresistas), es que durante los pasados 18 meses han dado por buenas las posiciones de diferentes organismos de la Administración Biden, en diversos campos, produciéndose la división del bloque conservador.
Limitándonos a este mes de junio, aquello se ha producido en dos casos.
Así, este 30 de junio, relativo al muy delicado tema de la inmigración, el Supremo decidió en el caso Biden vs Texas que la Administración Biden podía cancelar el programa “Remain in Mexico” que en su día introdujo Donald Trump.
También sobre la inmigración, el pasado 15 de junio el Supremo rechazó la petición de varios gobernadores republicanos para limitar el acceso de los inmigrantes a las ayudas sociales estatales. Es el caso Arizona vs City and County of San Francisco.
Otros artículos de mi blog sobre estos temas:
Derogado el derecho al aborto en EEUU. Punto de inflexión moral y política en Occidente. 24 de junio de 2022.
En la parte final del siguiente artículo, aunque el título no lo refleje más que tangencialmente, expongo lo que representa la crisis política, moral y civilizatoria de Francia en la actualidad, en el marco de las revueltas ciudadanas conservadoras que estamos presenciando en el conjunto de Occidente, desde 2016:
El derecho al aborto en EEUU a punto de quedar anulado, en el ámbito nacional. Se afianzaría la apertura de una nueva era conservadora en Occidente. 13 de junio de 2022.
La política provida más cabal de un presidente de EE.UU. 25 de mayo de 2018.
Barack Obama no consiguió avasallar a las Hermanitas de los Pobres. 13 de noviembre de 2017.
La libertad religiosa otra vez en el Tribunal Supremo. 20 de abril de 2017
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