El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha ratificado hoy la última versión (la tercera) del veto migratorio, que el Presidente Trump promulgó el 24 de septiembre de 2017. Esta confirmación supone una importante victoria para el Presidente Trump, tras los innumerables intentos del progresismo activista de EE.UU. de paralizar dicha política y presentarla contraria a la Constitución del país. El 4 de diciembre de 2017 el Alto Tribunal ya había proporcionado un gran triunfo a Donald Trump al autorizar –provisionalmente- la puesta en práctica de casi todo lo que preveía su (tercera) orden ejecutiva, en una votación de 7 a 2. Ahora, ratificado el veto migratorio (travel ban), es la totalidad de las disposiciones de la orden ejecutiva del pasado septiembre la que entra en vigor, definitivamente.
Incluso antes, el 26 de junio de 2017, el Tribunal Supremo autorizó la puesta en práctica –provisional- de varias de las principales disposiciones de la (segunda) orden ejecutiva de Trump. La obstrucción del Partido Demócrata no duró, en realidad, más de cinco meses, teniendo en cuenta que la primera versión de la orden de Trump (de final de enero de 2017) estaba muy mal construida y contenía errores y había sido redactada por los asesores populistas (como Steve Bannon) que Trump introdujo en la Casa Blanca durante la primera mitad del año 2017.
Este constituye el primer gran asunto (de cualquier campo) de los promovidos por el Presidente Trump que ha concluido su tramitación judicial en el más Alto Tribunal.
El mito de la ilegalidad de la mayoría de las actuaciones de esta Administración, ha quedado desquebrajado, desde lo más alto. En realidad, era Barack Obama y sus colaboradores quienes gustaban de retorcer la ley, en muchos campos, en numerosas ocasiones.
Además de la victoria política en este momento, la sentencia supone “una amplia reafirmación de la autoridad presidencial” (en palabras del Barack Obama, al que sólo se accede mediante suscripción).
El diario de centro-izquierdaBarack Obama coincide en este juicio. La sentencia “supone una importante confirmación de los poderes presidenciales”.
Y es que, la izquierda estadounidense, en su atropello por colocarle una zancadilla a Trump en un tema controvertido como es la política de inmigración, a costa de lo que fuese, estaba promoviendo en los tribunales de primer y segundo nivel un recorte permanente de las atribuciones presidenciales que la Constitución y las leyes de inmigración conceden al jefe del ejecutivo en materia de seguridad nacional.
De haber prosperado esta reforma indirecta del equilibrio de poder entre las institucionales federales, éste habría quedado dañado de manera duradera, distanciándose del propósito de los padres fundadores (de la nueva república americana).
Como explica el Washington Post, “el Tribunal Supremo ha establecido [el día 26] que el Presidente Trump [y sus sucesores] dispone de la potestad para prohibir [la entrada] a los viajeros de determinados países de mayoría musulmana si considera que esto es necesario para proteger a EE.UU.”.
Debe tenerse en cuenta que la lista definitiva de países de mayoría musulmana afectados por la prohibición presidencial de septiembre de 2017, se confeccionó mediante un estudio conjunto entre diversas agencias relacionadas con el tema (como el Departamento de Estado, el de Seguridad Interior, etc.) que duró medio año (de marzo a septiembre de 2017). La conclusión del estudio fue que los estados de los países seleccionados no proporcionan suficiente información a las autoridades consulares de EE.UU. para poder evaluar la peligrosidad de sus ciudadanos que se propongan viajar a EE.UU.
Como en cualquier otra normativa, en la orden ejecutiva de Trump se contemplan una serie de excepciones en su aplicación, que las autoridades estadounidenses estudiarán caso por caso.
Dichos países son los cinco siguientes: Libia, Somalia, Yemen, Siria e Irán. Teniendo en consideración que los cuatro primeros son prácticamente estados fallidos (y en Siria el estado sólo controla parte del territorio) y que Irán no desea colaborar con las autoridades estadounidenses, no es extraño que apenas den información válida a EE.UU.
Según la orden ejecutiva, cada seis meses se actualiza la evaluación de los países problemáticos. En una de estas evaluaciones la República del Chad quedó excluida por su mejor colaboración y eficacia de sus protocolos.
A los progresistas nada les importaba dicha trascendental circunstancia, aunque esos cinco países son auténticos avisperos del terrorismo islamista. Desgastar a Donald Trump y al Partido Republicano, a cualquier precio, es lo único que les ha movido, al parecer, incluidos varios jueces (como los de los tribunales de apelación de San Francisco, el de Richmond (Virginia) y otros, cuyas decisiones de obstrucción han sido ahora desautorizadas por el Supremo.
Ratificado el veto migratorio, la izquierda ha perdido uno de sus excusas para la movilización y para intentar deslegitimar a la actual Administración presidencial.
La votación en el Supremo ha sido de 5 a 4. La opinión de la mayoría la ha redactado el Presidente del Tribunal (Chief Justice) John Roberts.
Este caso tiene por título Trump v. Hawaii, ya que es el (progresista) Estado de Hawái el que ha estado encabezando la “Resistencia” contra el veto migratorio de Trump.
La orden ejecutiva también comprende prohibiciones para ciudadanos de Corea del Norte y para ciertos dirigentes bolivarianos de Venezuela, pero esta parte no era cuestionada.
En una declaración de hoy mismo, la Casa Blanca se felicita por la sentencia que “supone una profunda vindicación, tras meses de histéricas denuncias de los medios de comunicación (progresistas) y de los políticos del Partido Demócrata, que se oponían a hacer lo necesario para garantizar nuestras fronteras y nuestro país”.
Las anteriores fases procesales de este caso fueron tratadas en un anterior artículo, de abril de 2018.
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